Derechos de autor y licencias

Sitio: Formación en Línea
Curso: Ciudadanía e Identidad Digital
Libro: Derechos de autor y licencias
Imprimido por: Invitado
Día: lunes, 13 de mayo de 2024, 09:36

1. Derechos de autor y licencias

Los problemas del Copyright

Una de las constantes con las que se encuentra la persona que produce algún tipo de documento que hace público de una forma u otra es cómo tratar el material ajeno, aquel que cogemos, habitualmente de Internet, para ilustrar o completar nuestra propia obra. Cualquier obra intelectual tiene derechos de autor (copyright) que deben ser respetados.

Las obras intelectuales, en principio, están sujetas a la Ley de Propiedad Intelectual, que protege los derechos de autor. He aquí un fragmento:

Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.

Artículo 32.1 de la Ley de Propiedad Intelectual

Así pues, la ley es clara, con fines educativos podemos hacer uso de fragmentos de las obras de otros siempre que citemos la fuente y el nombre del autor. Esto significa que si deseamos hacer un uso más amplio o bien pedimos al autor su autorización, o bien debemos abstenernos de usar el recurso.

Por este motivo existen las licencias Creative Commons que nos permiten utilizar más ampliamente las obras de otros sin limitarnos a citar fragmentos. Esta licencia Creative Commons debe ser otorgada por el autor de la obra y la encontraremos en forma de texto o imagen junto al recurso pertinente. Puede verse una licencia de este tipo en el pie de esta misma página. Los artículos de Wikipedia también podemos comprobar que tienen todos una licencia de este tipo. En esta misma categoría entran los recursos educativos abiertos (REA) que hacen empleo de este tipo de licencias para compartir recursos educativos.

Algunas licencias especiales, como muchas de las imágenes que ilustran este curso, no requieren citar a su autor ni el origen que tienen y son utilizables tanto para fines comerciales como de otro tipo (Licencia Pixabay). No obstante, este tipo de licencias no son las más comunes. 

También existen obras de dominio público, cuyo logotipo es el que encabeza este párrafo. Este tipo de obras no tienen exclusividad en cuanto a su acceso o utilización, de forma que aquello que pertenece al dominio público puede ser usado libremente. Un autor puede ceder su obra al dominio público, con lo cual renuncia a los derechos que ello comporta. En cuanto a las obras en general, pasado un determinado tiempo se convierten en obras de dominio público. El número de años varía de un país a otro, en el caso de España este tiempo es de 70 años desde la muerte de su autor. Puede consultarse Wikipedia para una discusión detallada sobre este concepto y sus límites.

Debemos tener bien claro que no podemos utilizar cualquier material de Internet con cualquier propósito. Cualquier recurso que encontremos ha llevado seguramente muchas horas de trabajo y es de justicia que lo respetemos y le demos el crédito que merece.  En las secciones siguientes se tratará el tema de cómo disponer de forma ética de los recursos que hay en Internet.


2. Creative commons

Entre el copyright y el dominio público existe un intermedio llamado Creative Commons (CC). Cuando un autor decide poner su obra bajo una licencia de este tipo está permitiendo que otros usuarios puedan hacer uso de su obra y también establece los límites de este uso. Si deseamos compartir nuestro trabajo con otras personas CC es lo que necesitamos.

Licenciar una obra bajo Creative Commons es tan sencillo como incluir una imagen especificando lo que se permite (aquí hay una lista de las imágenes posibles) o desde la propia web de Creative Commons, seleccionando las opciones apropiadas para nuestra obra en un formulario.

Significado de los diferentes iconos. Tras el icono se indica la abreviatura que se utiliza y el nombre en inglés y castellano.

Atribución BY BYAttribution / Atribución. Todas las licencias CC tienen la atribución como obligatoria. Es decir, hay que citar la autoría del recurso.
Atribución no derivada ND. No Derivative Works / No Derivadas . El recurso puede copiarse y distribuirse pero no puede modificarse. Para modificarlo necesitarán el permiso del autor.
Atribución compartir igual SA. Share Alike / Compartir Igual. El recurso puede modificarse pero debe distribuirse con la misma licencia que tiene actualmente. SA es incompatible con ND ya que son contrarias.
Atribución no comercial NC. Non-Commercial / No Comercial. La obra no puede ser utilizada con fines comerciales.

 La combinación de estos elementos delimitarán lo que se puede hacer con una obra en particular. Veamos algunos ejemplos con los dos tipos de gráficos más usados (uno más grande y bajo él otro más pequeño):


Esta es la licencia con menos restricciones. Los usuarios pueden copiar, modificar y distribuir, también con fines comerciales la obra.
Con esta licencia los usuarios pueden copiar, modificar y distribuir la obra modificada, pero siempre que no tenga fines comerciales.
Se permite copiar, modificar y distribuir, incluso con fines comerciales, la obra, siempre que se distribuya con la misma licencia. Es decir, la obra derivada a su vez podrá ser compartida y modificada.
Se puede copiar y distribuir, incluso con fines comerciales, pero no se permite modificar la obra.
Se puede copiar y distribuir, incluso con fines comerciales, pero no se permite modificar la obra.

Se permite copiar, distribuir y modificar la obra pero siempre sin fines comerciales. La obra derivada deberá compartirse igual.


Aunque el recurso no cumpla nuestros propósitos, por ejemplo si queremos modificarlo, pero se indica que no es posible hacerlo para crear una obra derivada, siempre podemos acudir al autor para pedirle su permiso. El autor siempre puede modificar los derechos sobre su propia creación intelectual.

Las licencia CC no solo se usan en los medios digitales, ya que se utilizan igualmente para las obras escritas en papel. Debemos acostumbrarnos a poner una licencia CC en cada obra que coloquemos en Internet (presentación, apuntes, etc.) porque de este modo facilitamos a los demás el uso de nuestro propio material y contribuimos activamente en la construcción de la ciudadanía digital. Si no ponemos una licencia CC entonces nuestra obra está protegida por los derechos de autor (copyright) de forma que los demás no podrán hacer apenas uso de nuestro material.

Del mismo modo que ponemos a nuestra obra una licencia CC, buscaremos recursos en Internet que tengan también una de ellas y evitaremos usar aquellas protegidas con copyright.

Licencias Creative Commons

Elaboración propia. Licencias Creative Commons

3. Buscadores de recursos abiertos

Podemos buscar directamente recursos abiertos, que podemos utilizar para nuestras creaciones, es decir, con licencia Creative Commons o carentes de copyright, a través de Google y otros buscadores de recursos.

Google

Google permite buscar imágenes y textos con licencia CC.

Páginas web con licencia CC

Realizamos una búsqueda normal y seleccionamos Configuración > Búsqueda avanzada

En la búsqueda avanzada buscamos donde pone Derechos de uso y seleccionamos la opción que deseemos, normalmente: que se pueda usar o compartir libremente.


Tras pulsar el botón: Búsqueda avanzada obtendremos los resultados que podremos usar sin las limitaciones de los derechos de autor.

Imágenes con licencia CC

La búsqueda de imágenes es la más habitual en este tipo de búsquedas. Como en el caso anterior hacemos una búsqueda de imágenes normal y seleccionamos Herramientas > Derechos de uso y seleccionamos la opción que queramos. Si es una imagen para colocar en nuestro texto elegiremos: Etiquetadas para reutilización.

Europeana

La Comunidad Europea ha creado Europeana con la finalidad de tener un banco de datos de acceso libre, con contribuciones de instituciones culturales de los 28 estados miembros de la UE. Incluye libros, películas, pinturas, periódicos, archivos sonoros, mapas, manuscritos y otros archivos. Es, por tanto, un excelente lugar donde acudir a buscar determinado material, sobre todo histórico y cultural. https://www.europeana.eu 

Internet Archive

Internet Archive (Archivo de Internet) es una biblioteca digital gestionada por una organización sin ánimo de lucro dedicada a la preservación de archivos, capturas de sitios públicos de la Web, recursos multimedia y también software. Esta organización existe con el apoyo de Alexa Internet y de otros colaboradores que han donado materiales y colecciones como la Biblioteca del Congreso y otras muchas bibliotecas públicas y privadas. Alberga una gran cantidad de archivos de muchos tipos como audio, video y texto, la gran mayoría de ellos en dominio público, o con licencias de tipo Creative Commons u otras licencias que permiten su distribución gratuita. (Wikipedia)

Lo podremos encontrar en: https://archive.org/ 

Bancos de imágenes abiertas

Hay muchos bancos de imágenes de uso libre, ponemos aquí algunos de los más significativos. En la web Herramientas y Servicios TIC Abiertos Para Educación podremos encontrar más.

  • Pixabay es un banco de imágenes que tiene una licencia propia que permite usar sus imágenes sin restricciones, es sin duda, uno de los mejores. 
  • Morguefile contiene un gran número de imágenes de uso libre. 
  • Creative Commons. La propia web de Creative Commons tiene un buscador de imágenes en: https://ccsearch.creativecommons.org/ 
  • Banco de imágenes y sonidos. INTEF Una base de datos de imágenes y sonidos que podremos utilizar para nuestros trabajos.

Bancos de música abierta

No existen muchos lugares de donde obtener música que pueda ser usada libremente, aquí tenemos algunos.

Bancos de sonidos abiertos

Los bancos de sonidos contienen sonidos de diferentes tipos, normalmente muy cortos, de unos pocos segundos.

Pueden encontrarse más bancos de sonido en Herramientas y Servicios TIC Abiertos Para Educación.


Para saber más

Estrategias en la escuela

  • Hay que enseñar a los alumnos a buscar imágenes que puedan utilizar en sus trabajos.
  • Igualmente, es necesario enseñarles que siempre que usen un texto, vídeo o imagen que no sea suyo deben asegurarse que se puede utilizar y hay que poner siempre el autor y un enlace a la fuente original.

4. Recursos educativos abiertos

En la sección anterior hemos visto cómo encontrar recursos aptos para ser usados sin infringir los derechos de autor. Esto es algo que debemos tener profundamente interiorizado. No podemos utilizar Internet como un gran bazar de objetos gratuitos, ya que detrás de cada texto y cada imagen hay una persona que ha dedicado su tiempo para ponerlo a nuestra disposición.

https://en.unesco.org/oer/logoLogo de la UNESCO para los REA


Los recursos educativos abiertos o REA (en inglés, Open Educational Resources, OER) están íntimamente ligados a las licencias CC. Los REA están constituidos por documentos y material multimedia cuyos fines tienen relación con la educación, en concreto, con la enseñanza, el aprendizaje, la evaluación y la investigación. Su principal característica es la de estar plenamente disponibles para ser usados por educadores y estudiantes, sin la necesidad de pagar regalías o derechos de licencia. (modificado de Wikipedia)

Logo en Wikimedia Commons

Los REA son materiales creados por docentes que se ponen a disposición de otros docentes para que los usen y los puedan modificar también. La Unesco apoya de forma activa los REA a través de numerosas iniciativas. Los objetos REA tienen como característica:

  • Reutilizar: el derecho a reutilizar el contenido en forma inalterada / literal (por ejemplo, haciendo una copia de seguridad).
  • Revisar: el derecho a adaptar, ajustar, modificar o alterar el contenido (por ejemplo, traduciendo a otro idioma).
  • Remezclar: el derecho a combinar el contenido original o revisado con otro contenido para crear un producto nuevo (por ejemplo, integrar el contenido en una remezcla).
  • Redistribuir: el derecho a compartir copias del contenido original, de las revisiones o de las remezclas con otras personas (por ejemplo, dar una copia del contenido a un conocido).

En los bancos (repositorios) REA podremos encontrar unidades didácticas y materiales de diversa índole listos para utilizar.  En la siguiente lista proporcionamos algunos de ellos:

  • Procomún es la red de recursos educativos en abierto del INTEF. Pueden consultarse los REA y también subirse.
  • Proyecto EDIA.Ofrece un banco de contenidos educativos para Primaria, Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional. Se trata de recursos educativos abiertos curricularmente referenciados y que ofrecen propuestas ligadas a metodologías activas y al fomento de la competencia digital en el aula.
  • Proyecto CREA. El Proyecto CREA (Creación de Recursos Educativos Abiertos) es una iniciativa de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura que tiene como objetivo proporcionar a la comunidad educativa (y a los diferentes agentes del sector educativo que puedan estar interesados en ellos) un conjunto de recursos educativos abiertos (REA).
  • UNESCO IIEP Learning portal. Banco de recursos de la Unesco.
  • Graasp. Pertenece a la Comisión Europea y es un banco de REA, herramienta de autor para crear REA y repositorio para subir REA ya creados. 
  • Pueden encontrarse más bancos en la página: Bancos REA.

Para saber más:

Estrategias en la escuela

  • Desde los Centros Educativos debe fomentarse la creación de REA por parte del profesorado y su puesta a disposición en Internet, por ejemplo en Procomún o Graasp.
  • Los alumnos deben también acostumbrarse a crear materiales en los formatos propios de Internet y, si es posible, a compartirlos a través de licencias CC.

5. Formación para alumnos

Normas en los trabajos

  • Tipo de actividad: Normas
  • Duración: Todo el curso
  • Niveles implicados: Desde el momento que se les empiezan a pedir trabajos cuya información obtienen de Internet.
  • Objetivos:
    • Aprender a respetar el trabajo de otros
    • Aprender a citar las fuentes consultadas
    • Aprender a compartir

El centro debería dictar unas normas generales aplicables en todos los niveles donde se hacen trabajos consultados a través de Internet para que escriban las referencias que han usado y utilicen una licencia Creative Commons en sus propios trabajos. 

  • Forma de citar las fuentes.
    • En Primaria puede limitarse al título de la página y la dirección web.
    • En Secundaria se puede añadir el autor, año de publicación, título y dirección web.
  • Solo en Secundaria, darles a elegir entre varias licencias Creative Commons para que pongan aquella que mejor se adapte a sus intereses.
  • Fomentar el uso de portafolios digitales (por ejemplo, un blog) donde vayan colocando los trabajos que hacen.


6. Créditos

Autores del curso

Juan José de Haro

Acceso a los contenidos

Los contenidos del curso han sido publicados por el INTEF  en el libro titulado «Ciudadanía e identidad digital» y puede ser descargado en PDF siguiendo el enlace anterior.