Derechos de autor y licencias

1. Derechos de autor y licencias

Los problemas del Copyright

Una de las constantes con las que se encuentra la persona que produce algún tipo de documento que hace público de una forma u otra es cómo tratar el material ajeno, aquel que cogemos, habitualmente de Internet, para ilustrar o completar nuestra propia obra. Cualquier obra intelectual tiene derechos de autor (copyright) que deben ser respetados.

Las obras intelectuales, en principio, están sujetas a la Ley de Propiedad Intelectual, que protege los derechos de autor. He aquí un fragmento:

Es lícita la inclusión en una obra propia de fragmentos de otras ajenas de naturaleza escrita, sonora o audiovisual, así como la de obras aisladas de carácter plástico o fotográfico figurativo, siempre que se trate de obras ya divulgadas y su inclusión se realice a título de cita o para su análisis, comentario o juicio crítico. Tal utilización sólo podrá realizarse con fines docentes o de investigación, en la medida justificada por el fin de esa incorporación e indicando la fuente y el nombre del autor de la obra utilizada.

Artículo 32.1 de la Ley de Propiedad Intelectual

Así pues, la ley es clara, con fines educativos podemos hacer uso de fragmentos de las obras de otros siempre que citemos la fuente y el nombre del autor. Esto significa que si deseamos hacer un uso más amplio o bien pedimos al autor su autorización, o bien debemos abstenernos de usar el recurso.

Por este motivo existen las licencias Creative Commons que nos permiten utilizar más ampliamente las obras de otros sin limitarnos a citar fragmentos. Esta licencia Creative Commons debe ser otorgada por el autor de la obra y la encontraremos en forma de texto o imagen junto al recurso pertinente. Puede verse una licencia de este tipo en el pie de esta misma página. Los artículos de Wikipedia también podemos comprobar que tienen todos una licencia de este tipo. En esta misma categoría entran los recursos educativos abiertos (REA) que hacen empleo de este tipo de licencias para compartir recursos educativos.

Algunas licencias especiales, como muchas de las imágenes que ilustran este curso, no requieren citar a su autor ni el origen que tienen y son utilizables tanto para fines comerciales como de otro tipo (Licencia Pixabay). No obstante, este tipo de licencias no son las más comunes. 

También existen obras de dominio público, cuyo logotipo es el que encabeza este párrafo. Este tipo de obras no tienen exclusividad en cuanto a su acceso o utilización, de forma que aquello que pertenece al dominio público puede ser usado libremente. Un autor puede ceder su obra al dominio público, con lo cual renuncia a los derechos que ello comporta. En cuanto a las obras en general, pasado un determinado tiempo se convierten en obras de dominio público. El número de años varía de un país a otro, en el caso de España este tiempo es de 70 años desde la muerte de su autor. Puede consultarse Wikipedia para una discusión detallada sobre este concepto y sus límites.

Debemos tener bien claro que no podemos utilizar cualquier material de Internet con cualquier propósito. Cualquier recurso que encontremos ha llevado seguramente muchas horas de trabajo y es de justicia que lo respetemos y le demos el crédito que merece.  En las secciones siguientes se tratará el tema de cómo disponer de forma ética de los recursos que hay en Internet.