Pautas para la protección de datos en Centros

3. Temas de interés para el profesorado

Sobre el uso de WhatsApp

Se desaconseja totalmente el uso de la mensajería instantánea, tanto para comunicación profesor-alumno como profesor-padres y madres. Si es necesario establecer canales específicos de comunicación, deberían emplearse los medios y herramientas establecidas por el centro educativo y puestas a disposición de alumnos y profesores (por ejemplo, áreas específicas en la intranet del centro o uso de plataformas que cumplan los requisitos que se verán más adelante) o por medio del correo electrónico.

Expediente académico

La publicidad de esta comunicación, a diferencia de la educación universitaria, no está regulada, por lo que se suelen albergar dudas sobre cómo proceder con las notas de los alumnos. Las calificaciones de los alumnos se han de facilitar únicamente a los propios alumnos y a sus padres. En el caso de comunicar las calificaciones a través de plataformas educativas, estas solo deberán estar accesibles para los propios alumnos, sus padres o tutores, sin que puedan tener acceso a las mismas personas distintas. No obstante, sí sería posible comunicar la situación del alumno en el entorno de su clase, por ejemplo, mostrando su calificación frente a la media de sus compañeros. En el caso de que se digan oralmente al resto de la clase es mejor no hacerlo, pero se podría hacer evitando comentarios personales que pudiesen afectar al alumno, tal como se indica en la página 29 de la Guía para centros educativos de la Agencia Española de Protección de Datos.

El profesor podrá tener acceso al expediente académico de sus alumnos, no está justificado el acceso a aquellos a los que no imparte la docencia.

Datos de salud

Los profesores han de conocer y, por tanto, acceder a la información de salud de sus alumnos que sea necesaria para la impartición de la docencia, o para garantizar el adecuado cuidado del alumno, por ejemplo, respecto a discapacidades auditivas, físicas o psíquicas, trastornos de atención, TDAH o enfermedades crónicas.

Información a familiares diferentes de los padres

Es relativamente frecuente que a las reuniones con el tutor de un alumno acudan hermanos, tíos, etc. A no ser que exista una autorización expresa, solo se podrá dar información sobre un alumno a sus padres o tutores legales. 

Tratamiento de las imágenes

Se pueden realizar imágenes de los alumnos sin necesitar su consentimiento, siempre que la finalidad sea estrictamente educativa, por ejemplo, para trabajos escolares o de carácter evaluativo.  Solo deberán estar accesibles para los alumnos involucrados en dicha actividad, sus padres o tutores y el profesor correspondiente. 

Cuando su fin sea acontecimientos o eventos que se graban habitualmente con fines de difusión en la revista escolar o en la web del centro, es necesario recabar el permiso y además informar claramente si el acceso será indiscriminado o limitado al propio Centro.

En los eventos del centro los padres pueden grabar o tomar imágenes de los alumnos siempre que su uso sea particular y familiar y que, por lo tanto, no será subido a las redes. Si hacen público el material necesitan el consentimiento de aquellos que salgan en las imágenes, cosa que difícilmente podrán conseguir. Por este motivo conviene avisar a los padres de la responsabilidad que tienen a la hora de tomar las imágenes y divulgarlas en espacios abiertos.

Se pueden publicar imágenes de los alumnos en la web del centro siempre que se disponga del consentimiento de los alumnos o de sus padres o tutores. También podría llevarse a cabo de manera que no se pudiera identificar a los alumnos, por ejemplo, pixelando las imágenes. También sería posible su publicación cuando responda a determinados eventos desarrollados en el entorno escolar con la única finalidad de que los padres pudieran tener acceso a ella. Este acceso debería llevarse a cabo siempre en un entorno seguro que exigiera la previa identificación y autenticación de los alumnos, padres o tutores (por ejemplo, en un área restringida de la intranet del centro), limitándose a la información correspondiente a eventos en los que el alumno concreto hubiera participado. En todo caso, sería preciso recordar a quienes acceden a la información que no pueden, a su vez, proceder a su divulgación de forma abierta.

Publicar otras informaciones de los alumnos

En general, salvo que se tenga autorización, no deben publicarse datos en sistemas abiertos como blogs o redes sociales de forma que pueda reconocerse al alumno. En estos casos lo que se puede hacer es utilizar pseudónimos o cualquier otro sistema que ayude a mantener en el anonimato al alumno.