Marco normativo
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación (BOE 4-5-2006), art. 25: El Proyecto Curricular de Etapa incluirá las estrategias de animación a la lectura y el desarrollo de la comprensión oral y escrita en cada una de las materias de la etapa.
- Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE 10-12-2013): art 26.2: En la ESO se fomentará la correcta expresión oral y escrita... A fin de promover el hábito de la lectura se dedicará un tiempo a la misma en la práctica docente de todas las materias; Art 32: En Bachillerato se afianzarán los hábitos de lectura como condición necesaria para el eficaz aprovechamiento del aprendizaje.
- Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria (BOE 01-03-2014), art. 6.4: Los centros deberán establecer un Plan Lector a lo largo de toda la etapa que se incluirá en el Proyecto Curricular de Centro. Dispondrá de 3 cursos para elaborarlo y las líneas metodológicas vendrán marcadas por la Administración.
- Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. (BOE 03-01-2015).
- Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato.
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