Elementos prescriptivos del currículo asociados a las áreas, materias o ámbitos

3. Elementos prescriptivos del currículo asociados a las áreas, materias o ámbitos

3.2. Criterios de evaluación

¿Qué son?
En el marco de la LOMLOE, los criterios de evaluación son  "referentes que indican los niveles de desempeño esperados en el alumnado en las situaciones o actividades a las que se refieren las competencias específicas de cada materia o ámbito en un momento determinado de su proceso de aprendizaje." (Artículo 2 del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria.)
Conexión con otros elementos del currículo

Los criterios de evaluación emergen de las competencias específicas. Cada competencia específica menciona las actuaciones a llevar a cabo para adquirir las capacidades a las que hace referencia. Los criterios de evaluación se vinculan a dichas actuaciones y ayudan a precisar el nivel de logro o desempeño de dicha competencia. 

Como hemos visto en el capítulo anterior, una única competencia puede evaluarse a través de varios criterios. De esta forma, se precisan las diferentes actuaciones que requiere el proceso de adquisición de una competencia concreta. En el Anexo II de los reales decretos se fijan los criterios de evaluación para cada materia. Estos criterios a su vez pueden graduarse para los diferentes ciclos, dependiendo de las características de la materia, área o ámbito a las que se vincula el criterio de evaluación.

Criterios de evaluación y su relación con otros elementos del currículo
Criterios de evaluación y sus relaciones con los elementos del currículo. Elaborado por el Área de Formación en Línea y Competencia Digital Educativa. Licencia CC BY-SA
Descripción textual de la infografía


Criterios y actividades de evaluación

Los criterios de evaluación empleados para evaluar las competencias específicas intervienen en las distintas actividades, que serán diseñadas por el docente y contextualizadas a su aula, a su alumnado. Es labor de los profesores y profesoras proponer las actividades que consideren más adecuadas para comprobar el nivel de logro de los aprendizajes que en ellas se establecen y movilicen los saberes básicos correspondientes.

Una misma actividad o una situación de aprendizaje puede involucrar varias competencias y, en consecuencia, diferentes criterios de evaluación.

Criterios de evaluación y criterios de calificación

Como se ha expresado anteriormente, los criterios de evaluación tienen por objetivo identificar el nivel de desempeño de una competencia en cada uno de los alumnos y alumnas. Esta información debe reflejarse de alguna manera en un informe de valoración de los aprendizajes y los resultados alcanzados. Aunque no se mencionan en la LOMLOE ni en los decretos de enseñanzas mínimas, es importante diferenciar los criterios de evaluación y los criterios de calificación, así como su función en el proceso de evaluación. Los criterios de calificación son las pautas seguidas para determinar el resultado logrado expresado numéricamente o con otra escala de valoración.

El informe proporcionado por el docente debe cumplir la función formativa y no debe limitarse a reflejar los resultados a través, exclusivamente, de un número o una letra. Es necesario justificar el proceso de aprendizaje y su evaluación a través de los registros que se realizan a diario.


Aspectos generales de la evaluación en Educación Infantil
Los criterios de evaluación de la Educación Infantil quedan enunciados en el Anexo II del Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la etapa. Como se indica en el Artículo 12 de este decreto, los criterios de evaluación deberán reflejar que la evaluación de la etapa (global, continua y formativa) estará "orientada a identificar las condiciones iniciales individuales y el ritmo y características de la evolución de cada niño o niña. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del proceso de evaluación."
En dicho documento, los criterios de evaluación se enuncian para cada área y ciclo. Se han descrito uno o varios criterios a cada una de las competencias específicas, diferenciando  los criterios de evaluación para cada ciclo de la etapa. En el siguiente ejemplo se comparan los criterios asignados a cada ciclo del área Crecimiento en armonía.
Aspectos generales de la evaluación en Educación Primaria
El artículo 20 de la LOE, modificado en el Artículo único de la LOMLOE, se exponen los principales aspectos de la evaluación en la Educación Primaria, como son la continuidad y la globalidad de la misma, así como la necesidad de contemplar el grado de desarrollo de las competencias clave y su progreso en el conjunto de los procesos de aprendizaje. Los criterios de evaluación deben tener en cuenta estos aspectos y otros principios enunciados en el Artículo 14 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Primaria. En este mismo documento, en su Anexo II, se establecen los criterios de evaluación asociados a cada competencia específica para cada área de la etapa, diferenciado para cada uno de los tres ciclos que la componen. A continuación se muestra la secuenciación, a lo largo de los tres ciclos, de los criterios de evaluación para cada competencia específica en el área Conocimiento del medio natural, social y cultural.

 
Aspectos generales de la evaluación en Educación Secundaria

El Artículo 28 de la LOE, en el que se hace referencia a la evaluación y la promoción en la Educación secundaria obligatoria, queda modificado según el Artículo único de la LOMLOE. Al igual que en las etapas anteriores se incide en que la evaluación del proceso de aprendizaje de los alumnos y alumnas será continua, formativa e integradora. A la hora de promocionar se atenderá a la consecución de los objetivos, al grado de adquisición de las competencias establecidas y a otras medidas que puedan favorecer el progreso de cada alumno o alumna.

Además, en el Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, en su Artículo 15, se describen los aspectos que debe contemplar la evaluación del proceso de aprendizaje en esta etapa. Se destaca que en la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, la consecución de los objetivos establecidos para la etapa y el grado de adquisición de las competencias clave del Perfil de salida se tendrán en cuenta como referentes últimos. Se aplicarán los criterios de evaluación establecidos para cada área, materia o ámbito, de forma diferenciada, sin que esto comprometa el carácter integrador de evaluación.

Aspectos generales de la evaluación en Bachillerato
En esta etapa educativa postobligatoria, la evaluación del aprendizaje del alumnado, según se indica en el artículo 20 del Real Decreto  243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato,  será continua y diferenciada según las distintas materias.
Se aprecia una diferencia sustancial en los aspectos generales del proceso de evaluación, así como en la finalidad intrínseca de la etapa. Al ser una formación posterior a la educación básica, el alumnado parte con Perfil de salida alcanzado y en esta etapa se tratará de progresar en el grado de desarrollo de las competencias, preparando a los alumnos para una educación superior y para su futuro formativo y profesional. Los objetivos y competencias específicas del Bachillerato quedan vinculados a las competencias clave. Las competencias específicas se formulan dentro del marco de referencia de los descriptores de las competencias clave. Como se expresó en el bloque anterior, se han enunciado los descriptores operativos del nivel de adquisición esperado al término de Bachillerato, dando coherencia y cohesión a los aprendizajes entre las diferentes etapas.
Se han establecido un conjunto de competencias específicas para cada materia de la etapa. Al igual que en etapas anteriores, los criterios de evaluación que permiten valorar su grado de adquisición se desglosan, cuando procede, para cada curso, como se puede ver en el Anexo II del Real Decreto 243/2022, de 5 de abril, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas del Bachillerato.

Aspectos generales de la evaluación en Formación Profesional Básica
La Formación Profesional básica se integra en la educación básica del sistema educativo español. Las características generales de la evaluación de los ciclos formativos de grado básico, serán las establecidas para la educación secundaria. Sin embargo, hay que tener en cuenta  que el alumnado que accede esta formación lo hace con un perfil académico y vocacional concreto. En casos particulares, se establecerán las medidas más adecuadas para que el proceso de evaluación se adapte a las necesidades del alumnado.
Al igual que en otras etapas, los criterios de evaluación establecidos para esta etapa permitirán valorar el grado de adquisición de las competencias específicas, confiriendo un enfoque totalmente competencial a cada ámbito.
En el Anexo V del Real Decreto 217/2022, de 29 de marzo, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas mínimas de la Educación Secundaria Obligatoria, se detallan los criterios de evaluación para cada una de las competencias específicas de los ámbitos Comunicación y Ciencias Sociales y Ciencias Aplicadas.

Sintaxis de los criterios de evaluación 
Los criterios de evaluación responden a una estructura sintáctica que engloba dos componentes: la actuación que se va a desarrollar expresada en forma de infinitivo y el contexto o modo en el que debe desarrollarse dicha actuación.
Como se ha indicado en apartados anteriores, para cada competencia específica se formulan varios criterios de evaluación que van a permitir valorar el grado de adquisición de dicha competencia.
La redacción del criterio de evaluación debe tener en cuenta los saberes básicos asociados a las distintas actuaciones.
A la hora de formular el criterio, se parte del tercer componente de la competencia específica ("para qué" de la competencia específica) y se continuará expresando en qué condiciones se debe desenvolver dicho desempeño (se hace referencia a algunos aspectos del "cómo" de la competencia específica).
Sintaxis de los criterios de evaluación

Sintaxis de los criterios de evaluación del currículo. Elaborado por el Área de Formación en Línea y Competencia Digital Educativa.  Licencia CC BY-SA
Descripción textual de la infografía

Ejemplos:

A continuación se muestra una selección de varios criterios de evaluación vinculados a sus competencias específicas correspondientes. Han sido extraídos de los reales decretos mencionados. Se diferencian los tres elementos de la sintaxis de los criterios de evaluación comentada anteriormente en tres colores para facilitar la asociación ("para qué" de la competencia asociada, en rojo, "qué", objeto del desempeño en azul y "cómo",  en verde. Las competencias específicas se han representado según la sintaxis indicada en el capítulo anterior.