Elementos prescriptivos del currículo asociados a las áreas, materias o ámbitos

2. La organización curricular de áreas y materias

2.2. Educación Primaria

La Educación Primaria pertenece a la etapa de educación básica obligatoria. Las áreas propias de esta etapa se describen en el Artículo 8 del Real Decreto 157/2022, de 1 de marzo, por el que se establecen la ordenación y las enseñanzas mínimas.  Están orientadas al desarrollo de competencias del alumnado y se pueden organizar en distintos ámbitos. Está formada por tres ciclos, de dos años académicos cada uno de ellos, con un carácter globalizador e integrador.
La finalidad de la Educación Primaria es facilitar a los alumnos y alumnas aprendizajes relativos a la expresión y comprensión oral, al cálculo o a las habilidades lógicas y matemáticas. Asimismo, se trata de  favorecer la adquisición de nociones básicas de la cultura, el hábito de convivencia, de estudio y de trabajo, el sentido artístico, la creatividad y la afectividad. El objetivo es garantizar una formación integral, que contribuya al pleno desarrollo de la personalidad del alumnado, así como a prepararlos, de forma gradual, para cursar con aprovechamiento la Educación Secundaria Obligatoria.

Las Áreas de la Educación Primaria que se imparten en todos los cursos son las siguientes:

Organización de materias de Primaria

Áreas de la etapa de Educación Primaria. Elaborado por el Área de Formación en Línea y Competencia Digital Educativa. Licencia CC BY-SA
Descripción textual de la infografía

Las administraciones educativas pueden añadir una segunda lengua extranjera, otra lengua cooficial y/o un área de carácter transversal. La organización en Áreas se entenderá sin perjuicio del carácter global de la etapa, dada la necesidad de integrar las distintas experiencias y aprendizajes del alumnado en estas edades.

En aquellas comunidades autónomas que posean una lengua propia con carácter oficial, podrán establecerse exenciones de cursar o de ser evaluados del área correspondiente en las condiciones previstas en la normativa autonómica. El alumnado tendrá que demostrar que es competente lingüísticamente en ambas lenguas oficiales. 
Con el objetivo de reforzar la inclusión, las administraciones educativas podrán incorporar la lengua de signos española, para personas con deficiencia auditiva. Los centros podrán establecer agrupaciones de áreas en ámbitos en el marco de lo establecido a este respecto por sus respectivas administraciones educativas.
Además, en alguno de los cursos del tercer ciclo se añadirá a las áreas incluidas anteriormente Valores Cívicos y Éticos.